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Los impuestos que se pagan al vender una vivienda

Entre los impuestos que el Ayuntamiento donde esté situada nuestra propiedad nos puede reclamar, encontramos tres. El más conocido por todos es el I.B.I, que viene definido por el valor catastral al que se le imputa el tipo impositivo que corresponda al tipo de propiedad. Otro impuesto que suele abonarse en los casos de herencias, es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Por último, podemos señalar el impuesto que hay que pagar cada vez que se da una licencia por parte del Ayuntamiento. Nos referimos al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Otros pagos a los que tendrás que enfrentarte y que vienen regulados por la Comunidades Autónomas, son el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que seguramente conozcas ampliamente; y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados. Este tributo estará regulado dentro de la modalidad de transmisiones onerosas. Cuando se haga la operación de compra venta, el nuevo propietario es la persona encargada de abonar el precio de este impuesto, cuyo valor estará estipulado por los índices marcados por la Comunidad correspondiente. Siendo imprescindible que se abone antes de los treinta días de haber realizado la compra.

A nivel estatal, una cuestión de vital importancia para el vendedor es el tema del pago del IRPF. Hay que recordar que el abono del mismo se realizará en la declaración anual de la Renta del año siguiente a la venta del inmueble. Por tanto, es una de las cuestiones que se debe tener muy presente en el momento de aceptar ofertas, dado que, en función de si existen ganancias o pérdidas económicas, nos afectará de una forma totalmente diferencial.

Estos son los principales tributos que debes conocer y manejar. Si bien debes consultar las regulaciones existentes en tu territorio.